Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas Capitulo 110

Decreto 1716 de 1949 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Capitulo 110. Del artículo 2165. Para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, inclusive la de Cali a Buenaventura, y carretera del Carare, según distribución que hará el Gobierno $ 12.597.01 Capitulo 112. Del artículo 2194. Para la carretera La Plata-Puracé-Popayán 30.00 Del artículo 22U7. Para la carretera Palermo-Palmira 18.00 Del artículo 2214. Para la carretera La Mata-Rincónhondo-Minas 19.095.90 Del artículo 2221. Para la carretera del Carare a Bolívar 6.727.50 Del artículo 2230. Para la carretera Matanza-Arboledas 30.00 Suman los contracréditos $ 09.128.47 Capitulo 120. Al artículo 2397. Para el pago de cuentas pendientes de toda clase, correspondientes a vigencias anteriores $ 69.128.47 Suman los créditos $ 69.128.47

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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