Micelio

Artículo 22

Señálase Para Los Exámenes Y Procedimientos Radiológicos (21), Las Siguientes Tarifas: 1 Huesos Extremidades Y, Pelvis

Decreto 2747 de 1989 · Por el cual se aprueba el Manual de Definiciones, Contenidos y Tarifas, para la contratación de servicios de salud en el Instituto de Seguros Sociales

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 22. Señálase para los exámenes y procedimientos Radiológicos (21), las siguientes tarifas: 1 HUESOS Extremidades y, pelvis. 21101 Mano, dedos, puño (muñeca), codo, pie, clavícula, antebrazo, cuello de pie (tobillo), edad ósea (carpograma) $ 2.450 21102 Brazo, pierna, rodilla, fémur, hombro, omoplato 2.685 21103 Test de Farill (osteometría o medición de miembros inferiores), estudio de pie plano (pies con apoyo) 2.550 21104 Test de anteversión femoral 3.815 21105 Pelvis, cadera, articulaciones sacro ilíacas y coxo-femorales 2.450 21106 Comparativas de las regiones anteriores; al valor de la región agregar 1.320 21107 Tomografía osteoarticular; al valor de la región agregar 3.535 21108 Proyección adicional (Stress, túnel, tangenciales, oblicuas, rótula); al valor de la región agregar 705 21109 Tangencial rótula a 30, 60, 90 grados 3.535 Cráneo, cara y cuello. 21120 Cara, malar, arco zigomático, huesos nasales, maxilar superior, silla turca, perfilograma, base del cráneo, cavum faringeo (rinofaringe), tejidos blandos de cuello 2.985 21121 Senos paranasales, maxilar inferior, órbitas, articulaciones temporomandibulares, agujeros ópticos 2.665 21122 Cráneo simple 3.220 21123 Mastoides comparativas, peñascos, conductos auditivos internos 3.500 21124 Tomografía lineal de las regiones anteriores; agregar 3.500 21125 Proyecciones adiciónales 700 21126 Politomografía de conductos auditivos internos 9.170 21127 Politomografía unilateral de mastoides (oído medio) 12.280 21128 Politomografía bilateral de mastoides 16.065 21129 Politomografía de silla turca 9.170 21130 Politomografía de senos paranasales o articulaciones temporomandibulares 9.170 21131 Politomografía de rinofaringe 7.310 21132 Politomografía semi-axial de nariz 7.310 21133 Tomografía lineal de laringe 7.000 21134 Xero-radiografía de cuello 3.500 Columna vertebral. 21140 Columna cervical 3.685 21141 Columna dorsal (Torácica) 3.510 21142 Columna lumbosacra 4.385 21143 Sacrocoxis 3.510 21144 Test de escoliosis 6.165 21145 Proyecciones dinámicas o adicionales 875 21146 Tomografía lineal de columna, por segmento, agregar 4.385 2 TORAX 21201 Tórax (P.A. o P.A. y LAT), reja costal $ 3.210 21202 Fluoroscopia pulmonar, movilidad diafragmática 2.495 21203 Esternón, articulaciones esterno-claviculares 2.890 21204 Apicograma 1.920 21205 Tórax con oblicuas, serie cardiovascular, tórax con bario, tórax en fase inspiratoria y espiratoria 4.330 21206 Con tomografía total A.P.; agregar al valor del tórax 8.020 21207 Con tomografía total A.P. y otras proyecciones; agregar al valor del tórax 11.215 21208 Con tomografía unilateral A.P., agregar al valor del tórax 5.770 21209 Con tomografía unilateral A.P. y otras proyecciones; agregar al valor del tórax 8.020 21210 Tomografía de mediastino 11.215 21211 Politomografia de tórax 17.635 21212 Xeromamografía o mamografía bilateral 10.795 21213 Galactografía 7.375 21214 Mamografía bilateral para lesión oculta en seno 12.035 21215 Mamografía bilateral con demarcación 10.665 3 ABDOMEN Abdomen y genito-urinario. 21301 Abdomen simple $ 3.740 21302 Abdomen simple con proyección adicional, serie de abdomen agudo 4.985 21303 Pielografía retrógrada o anterógrada 4.910 21304 Urografía intravenosa 7.355 21305 Tomografía de la silueta renal, sin medio de contraste. 4.735 21306 Urografía con nefrotomografía 8.765 21307 Urografía por infusión, urografía minutada para hipertensión 7.005 21308 Urografía con placas retardadas o adicionales 7.345 Vías biliares. 21320 Colecistografía 3.535 21321 Colangiografía intravenosa (biligrafia) 4.535 21322 Colangiografía operatoria 5.205 21323 Colangiografía post-operatoria 3.910 21324 Colangiografía transduodenal 4.795 21325 Colangio-tomografia 5.470 21326 Colecisto-tomografia 4.685 Vías digestivas. 21330 Esófago 3.740 21331 Estómago, duodeno y tránsito intestinal 3.550 21332 Esófago, estómago y duodeno (vías digestivas altas) 7.005 21333 Tránsito intestinal convencional 7.710 21334 Colon por enema convencional o colon por infesta 7.005 21335 Duodenografia hipotónica 7.005 21336 Colon por enema con doble contraste 7.895 21337 Esófago, estómago y duodeno con doble contraste 7.895 4 EXAMENES ESPECIALES Abdomen. 21400 Cistografía, uretrografía o cistouretrografía $ 4.080 21401 Histerosalpingografía, vaginografia, genitografía, deferentografía o insuflación neumoperitoneo 4.235 21402 Cistografía con cadena 3.625 Articulaciones. 21410 Artrografía o neumoartrografía 4.225 Neuro - radiología. 21420 Mielografia (cada segmento) $ 5.430 21421 Arteriografía carotídea o vertebral (cada vaso), ventriculografía o neumoencefalografía 9.915 21422 Arteriografía selectiva de ambas carótidas y vertebral (Panangiografía) 23.640 21423 Cisternografia 8.300 Cardiovascular. 21430 Linfangiografía 11.960 21431 Cavografía 5.705 21432 Flebografía de miembro superior o inferior 5.705 21433 Arteriografía periférica de miembro superior o inferior 8.155 21434 Aortograma torácico o abdominal, traslumbar 7.525 21435 Aortograma y estudio de miembros inferiores 11.150 21436 Arteriografía o venografía selectiva, portografía arterial 17.740 21437 Esplenoportografía 4.890 21438 Estudio de hipertensión portal con hemodinamia 4.450 21439 Portografía transhepática 19.560 21440 Venografía selectiva ( toma de muestras para química sanguínea) 4.380 Respiratorio - O.R.L. y oftalmología. 21450 Faringolaringografía 4.080 21451 Broncografía unilateral 5.705 21452 Cuerpo extraño endo-ocular (Sweet) 9.080 21453 Sialografía (por glándula) 3.690 21454 Dacriocistografía 4.530 5 OTROS PROCEDIMIENTOS INTERVENCIÓNISTAS Y/O TERAPEUTICOS 21501 Embolización $11.595 21502 Farmacoangiografia 11.595 21503 Pielografía o colangiografía percutánea 5.800 21504 Nefrostomía percutánea 13.260 21505 Instrumentación percutánea, colecistostomía percutánea (drenaje, derivación o dilatación) 13.260 21506 Extracción de cálculos residuales 13.260 21507 Revisión de los procedimientos anteriores (cambio de tubo, limpieza del mismo o reubicación) 6.625 21508 Extracción cálculos urinarios por vía percutánea 21.350 6 OTROS 21601 Angioplastia $11.595 21602 Fistulografía; al valor de la región agregar 3.320 21603 Estudios con equipo portátil; al valor de la región agregar 2.215 7 TOMOGRAFIA COMPUTARIZADA Cráneo. 21701 Cráneo simple $28.175 21702 Cráneo con contraste 30.935 21703 Cráneo simple y con contraste 35.355 21704 Cráneo y cisternografía 30.355 21705 Silla turca u oído (alta resolución) 36.235 21706 Senos paranasales y rinofaringe 36.235 21707 Orbitas 28.175 21708 Columna cervical, dorsal o lumbar (hasta tres espacios) 30.805 21709 Columna cervical, dorsal o lumbar (espacio adicional) 7.320 21710 Laringe o cuello 30.805 21711 Laringe y cuello 36.235 21712 Tórax (pulmón y mediastino) 34.420 21713 Hígado y páncreas 30.805 21714 Riñón y suprarrenales 30.805 21715 Abdomen superior hasta bifurcación aórtica 38.950 21716 Pelvis 30.805 21717 Abdomen total 45.295 21718 Columna lumbar (alta resolución) 36.235 21719 Extremidades 28.175 21720 Anteversión femoral, axiales de rótula o túnel carpiano 10.875 21721 Pelvis ósea (Incluye: Articulaciones coxo-femorales) 28.175 21722 Guía escanográfica para procedimientos intervencionistas; a la zona agregar 28.175

Parágrafo 1

Las tarifas contempladas en este artículo son los valores máximos que el Instituto reconoce por la practica de los estudios con sus proyecciones convencionales y cuando el procedimiento lleve el respectivo informe escrito del médico especialista radiólogo. En caso de que el radiólogo no realce la correspondiente lectura, al valor estipulado para cada examen se le descontara el veinticinco por ciento (25%).

Parágrafo 2

Cuando el Instituto no cuente dentro de su planta de personal con el recurso de médico radiólogo y determinados estudios radiológicos no puedan ser interpretados por el médico solicitante, se podrá contratar con especialistas radiólogos la lectura de los mismos y se pagará en el equivalente de un veinticinco por ciento (25%) del valor establecido para cada estudio en este artículo.

Parágrafo 3

Queda entendido que los estudios para los cuales se contratará su interpretación, con especialista radiólogo, son aquellos que por su complejidad no interpreta el médico solicitante. Será del control de la autoridad médica del Instituto, la determinación y elección de estos procedimientos.

Parágrafo 4

Los medios de contraste y los catéteres o similares no reutilizables, que se empleen en los estudios y procedimientos, se reconocerán al valor de adquisición por el contratista.

Parágrafo 5

En la práctica de los exámenes especiales e intervencionistas y/o terapéuticos, determinados en los Items 4 y 5 de este articulo, se reconocerá adicionalmente al especialista que practique el procedimiento, una suma igual a la fijada para el estudio. Se exceptúan de esta disposición los exámenes que aparecen identificados con los Códigos: 21433, 21434, 21452, 21504, 21508, que para efecto de su reconocimiento al especialista que los practique están definidos en este Acuerdo, así: 02501 Extracción cuerpo extraño endocular 09104 Nefrostomía percutánea 09105 Nefrostomía percutánea y extracción de cálculos 25115 Arteriografía abdominal y torácica 25117 Arteriografía periférica

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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