Para celebrar el contrato a que se refiere el Artículo anterior el Gobierno publicara, con noventa días de anticipación cuando menos, el pliego de cargos correspondientes, en el cual se especificaran las condiciones de construcción y equipo de la línea y los demás datos pertinentes que resulten de los estudios técnicos. El precio máximo de construcción y equipo por kilómetro no excederá en ningún caso de veinte mil pesos ($ 20.000).
No queda comprendido en el precio kilometro estipulado en este Artículo el valor del puente del Chicoral, para cuya construcción se hará un contrato especial.
° Para concurrir a la licitación de que trata el presente Artículo, cada licitador depositara en la Tesorería General, a la orden del Gobierno, la cantidad de veinticinco mil pesos ($ 25. 000) en oro o en documentos de crédito público. Terminada la licitación se devolverá el expresado depósito a los licitadores vencidos. El licitador que haya obtenido el contrato dejara su depósito como parte de la garantía con que debe asegurar el cumplimiento de sus obligaciones.