Legitimación para actuar y aportar documentos.En el proceso verbal abreviado solo se recibirán los documentos, memoriales, pruebas, nulidades, impedimentos y/o recusaciones o cualquier solicitud que aporte presente el quejoso o el presunto responsable del comportamiento contrario a la convivencia o sus apoderados dentro de las audiencias. Se exceptúan las justificaciones de inasistencia y aquellos documentos que el Inspector de policía o Corregidor considere que deban tener trazabilidad de gestión documental independiente. Frente a la decisión que establezca la procedencia o improcedencia de tales documentos no se admitirá recurso alguno. Parágrafo 1°. En consonancia con el artículo 4º de la Ley 1801 de 2016, el derecho de petición no constituye impulso procesal dentro del proceso único de policía. Parágrafo 2°. Los expedientes dentro del proceso único de policía se conformarán de forma física o virtual, sin necesidad de copias adicionales.
TEXTO CORRESPONDIENTE A