Micelio

Artículo 11

Veeduría Especial

Decreto 1813 de 2000 · por el cual se reorganiza el Fondo de Inversión para la Paz, FIP.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Veeduría Especial. El Fondo de Inversión para la Paz, FIP, estará sujeto a la inspección y vigilancia de una Veeduría Especial, integrada por cinco (5) ciudadanos de reconocida trayectoria profesional y prestigio personal, designados por el Presidente de la República quienes determinarán autónomamente su reglamento y procedimientos para asegurar que la administración y asignación de los recursos se hagan de manera eficiente y transparente. La Veeduría Especial cumplirá las funciones que le son propias en virtud de la ley, distintas a las facultades de la Contraloría General de la República y los demás órganos estatales de control, de las facultades de la Oficina de Control Interno del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y de los mecanismos de auditoria externa que establezca el Consejo Directivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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