Micelio

Artículo 173

Funciones Del Subcomité Técnico De Enfoque Diferencial

Decreto 4633 de 2011 · por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales alas víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del Subcomité Técnico de Enfoque diferencial. Dicho Subcomité tendrá, en lo relativo a pueblos y comunidades indígenas, las siguientes funciones

1.

Hacer seguimiento a los planes de reparación integral, de acuerdo con los principios y demás disposiciones de este decreto, como también al Plan Nacional de Atención y Reparación que ordena la Ley 1448 de 2011, a las propuestas y actividades de los demás Subcomités Técnicos del Comité Ejecutivo, con el fin de evitar que contraríen las disposiciones establecidas en el presente decreto.

2.

Apoyar al Comité Ejecutivo en su función de disponer que las entidades del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas garanticen la consecución de recursos presupuestales, y de gestionar la consecución de los recursos financieros provenientes de fuentes de financiación diferentes al Presupuesto General de la Nación, para garantizar la adecuada y oportuna prestación de los servicios relacionados con la reparación integral de los pueblos indígenas, especialmente los PIRCPCI.

3.

Dar insumos al Comité Ejecutivo para la Aprobación de las bases y criterios de la inversión pública en materia de atención y reparación integral a las víctimas indígenas.

4.

Gestionar puntos de contacto y la armonización entre las funciones de la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral de Víctimas y las de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de tierras despojadas con la finalidad de lograr la integralidad de las reparaciones a los pueblos indígenas y respetar la interdependencia de sus derechos.

5.

Participar en la formulación del reglamento del Comité Ejecutivo de la Ley 1448.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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