Micelio

Artículo 1

Decreto 573 de 1930 · Por el cual se concede una franquicia postal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Concédese franquicia postal para la correspondencia que en desempeño de su cargo haya de dirigir en el territorio de la República, y dentro de los límites y condiciones reglamentarios, al señor Vicepresidente del Consejo Nacional de Vías de Comunicación. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 573 de 1930