El procedimiento para los juicios de revisión será el que séale el Consejo de Estado por medio de acuerdo, que deberá dictar dentro de los treinta días siguientes a la sanción de esta Ley. En todo caso la iniciación del juicio consistirá en la demanda que al efecto deberá presentar cada interesado, acompañada de los comprobantes legales.
Ley 21 de 1937 →Vigente
Artículo 2
Ley 21 de 1937 · Por la cual se decreta la revisión de los juicios sobre sueldos de retiro y pensiones militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.