Micelio

Artículo 1

Ley 25 de 1886 · Por la cual se ordena el pago de una indemnización

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1°. El Gobierno procederá a mandar hacer nuevo avalúo del Teatro. accesorias y de los Demás terrenos y edificios expropiados para la construcción de un nuevo Teatro, siempre que los respectivos dueños no se conformen con las indemnizaciones ya acordadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 25 de 1886