Micelio

Artículo 2

Ley 38 de 1959 · Por la cual se autoriza al Gobierno Nacional para proveer a la construcción de los edificios para Cárceles en la ciudad de Santa Rosa de Viterbo, en el Departamento de Boyacá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los Presupuestos de las vigencias de 1959 y siguientes, se apropiarán las sumas que sean necesarias para la construcción de los edificios para Cárceles de que trata el artículo anterior y para su completa dotación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 38 de 1959