Micelio

Artículo 8

Obligaciones Del Estado

Ley 2244 de 2022 · por medio de la cual se reconocen los derechos de la mujer en embarazo, trabajo de parto, parto y posparto y se dictan otras disposiciones o “Ley de Parto Digno, Respetado y Humanizado”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son obligaciones del Estado para garantizar la eficacia y desarrollo de la presente ley, las siguientes:

1.

El Ministerio de Salud y Protección Social, deberá promover la formación y actuali­zación los actores del sistema de la salud para el cuidado de la mujer, del feto y del re­cién nacido, durante las etapas de gestación, trabajo de parto, parto, postparto lactancia, duelo gestacional y duelo perinatal, dependiendo del cuerpo de conocimiento de cada gremio de acuerdo a la normatividad vigente y evidencia científica actualizada.

2.

El Ministerio de Salud y Protección Social diseñará un plan estratégico de divulgación, de la presente ley y los lineamientos regionales sobre las políticas de atención a la mujer en gestación, parto, posparto, duelo gestacional y duelo perinatal, al feto y al recién nacido y establecer estrategias apropiadas para cada población con enfoque diferencial.

3.

El Ministerio de Salud y Protección Social, actualizará las guías de práctica clínica de acuerdo a lo establecido en la presente ley y de conformidad con la evidencia científica actualizada, cada 5 años.

4.

Garantizar la atención oportuna a los servicios especializados, incluyendo desplaza­mientos y alojamientos tanto de la mujer como del acompañante cuando deban despla­zarse fuera de su lugar de residencia.

5.

El Ministerio de Salud y Protección Social, garantizará la gestión de conocimiento en­tre pares.

6.

Las autoridades judiciales y administrativas deberán respetar el principio de no discri­minación en el marco de cualquier procedimiento que pueda afectar los derechos con­tenidos en la presente ley. Sus decisiones no podrán basarse en estereotipos de género, ni respecto de la maternidad, ni respecto de la paternidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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