Autorízase al Municipio de Girardot para organizar y efectuar un sorteo extraordinario de lotería en el primer semestre de 1945, sin sujeción a las prescripciones de las Leyes 64 de 1923, 12 de 1932 y 133 de 1936, y exento de todo impuesto nacional, departamental y municipal hasta por la suma de un millón de pesos ($1.000.000.00), quedando entendido que la venta de billetes de esta lotería será absolutamente libre en todo territorio de la República.
Ley 112 de 1943 →Vigente
Artículo 2
Ley 112 de 1943 · Por la cual se autoriza a los Municipios de Girardot, Barranquilla y Medellín para verificar sorteos extraordinarios de lotería y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.