°. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá D.C, a 27 de Junio de 1996. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Horacio Serpa Uribe.
Decreto 1140 de 1996 →Vigente
Artículo 3
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 1140 de 1996 · por el cual se conforman los Comités de Seguimiento para el Plan de Acción de los Departamentos del Huila y Tolima.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.