º. Se entiende por mejoras agropecuarias las inversiones que se hagan en el mejoramiento de bienes destinados a la agricultura o a la ganadería, tales como adecuación de tierras, obras de irrigación, construcción de silos de establos bebederos. Para llevar a cabo la inversión de estas mejoras, lo mismo que para. demostrarlas en su oportunidad, serán aplicables los artículos 6º, 7º y 8º del presente Decreto.
Decreto 3211 de 1979 →Vigente
Artículo 9
º
Decreto 3211 de 1979 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 20 de 1979 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.