° Para que una representación teatral pueda exencionarse de impuestos nacionales, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6.° de la Ley 109 de 1943, deben comprobarse ante la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, las dos condiciones en dicha disposición exigidas, o sea que es de autor colombiano y que es puesta en escena por actores también colombianos.
Decreto 917 de 1944 →Vigente
Artículo 2
Para Que Una Representación Teatral Pueda Exencionarse De Impuestos Nacionales, De Conformidad Con Lo Dispuesto Por El Artículo 6
Decreto 917 de 1944 · Por el cual se reglamenta el artículo 6° de la Ley 109 de 1943
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.