Micelio

Artículo 114

Decreto 1000 de 1986 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas y control de extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las autoridades judiciales, las de policía, y los funcionarios de instrucción en el orden fiscal, comunicarán al Departamento Administrativo de Seguridad la iniciación de procesos de su competencia contra personas extranjeras. Así mismo, los cambios de radicación o el envío a otras autoridades y finalmente, el resultado del proceso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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