° Hácense los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos para, la vigencia fiscal de 1974 Presupuesto de Funcionamiento. Rama-Jurisdiccional. CAPITULO -350 Corte Suprema de Justicia Programa 350. Administración de la Corte Suprema de Justicia. Servicios personales. 102 134 129. Artículo 3506. Subsidio familiar $ 1.000.000 CAPITULO. 351 Tribunales Superiores y Tribunales Administrativos, Juzgados Superiores, del Circuito, del Trabajo, de Menores, Municipales y Territoriales. Programa 351. Administración de Tribunales Superiores, Tribunales Administrativos, Juzgados Superiores del Circuito, del Trabajo, de Menores, Municipales y Territoriales. Servicios personales. 102 134 127. Artículo 3520. Auxilio de transporte. 300.000 Gastos generales. 106 134 205.-Articulo 3523. Viáticos y gastos de viaje $ 400.000 106 134 207. Artículo 3524. Servicios de comunicaciones 700.000 106 134 213. Artículo 3527. Impresos y publicaciones 500.000 CAPITULO 352 Instrucción. Criminal. Programa 352. Administración de las Direcciones Nacional y Secionales de Intrucción Criminal y de los Juzgados de Instrucción Criminal e Instrucción Penal Aduanera Gastos Generales. 106 134 207. Articulo 3539. Servicios de comunicaciones $ 100.000 CAPITULO 354 Tribunal Disciplinario. Programa 354. Administración del Tribunal Disciplinario. Servicios personales. 101 134 111. Artículo 3558. Honorarios $ 300.000 Suman los contracréditos $ 3.300.000
Decreto 2411 de 1974 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Contracréditos Al Presupuesto De Gastos Para, La Vigencia Fiscal De 1974 Presupuesto De Funcionamiento
Decreto 2411 de 1974 · Por el cual se hacen unos contracréditos y se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 (Rama Jurisdiccional), por $ 3.300.000 y se hacen unas aclaraciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.