Micelio

Artículo 18

Decreto 407 de 1994 · por el cual se establece el Régimen de Personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 18 . DERECHOS. Son derechos de los servidores del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC

1.

Percibir la remuneración fijada para el respectivo cargo.

2.

Disfrutar de la seguridad social en la forma y condiciones previstas en la ley.

3.

Recibir capacitación para el mejor desempeño de sus funciones.

4.

Participar en igualdad de condiciones, en todos los programas de bienestar social que para los servidores y sus familiares establezca el Estado, tales como vivienda, educación, recreación, culturales, deportes y programas vacacionales.

5.

Gozar de estímulos e incentivos morales y pecuniarios.

6.

Obtener permiso y licencias en los casos previstos por la ley.

7.

Recibir un tratamiento cortés, con arreglo a los principios básicos de las relaciones humanas.

8.

Participar en los concursos y cursos que le permitan obtener promociones dentro del servicio.

9.

Obtener el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas consagradas en la ley.

10.

Gozar de la protección de su buen nombre.

11.

Resolver sus solicitudes o ser contestadas en el tiempo mínimo.

12.

Las demás que señalan la Constitución, las leyes y los reglamentos. CAPITULO IV. INCOMPATIBILIDADES E INHABILIDADES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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