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Artículo 9

º Operaciones E Inversiones Admisibles

Decreto 1111 de 1989 · Por el cual se reglamenta el Capítulo XI de la Ley 79 de 1988 y se dictan normas para el ejercicio de la actividad financiera por parte de las entidades cooperativas.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º OPERACIONES E INVERSIONES ADMISIBLES. Los depósitos captados por los organismos cooperativos de grado superior de carácter financiero a través de las secciones de ahorro de que trata el artículo 4º de este Decreto, sólo podrán destinarse al desarrollo de las siguientes operaciones e inversiones

a)

En la adquisición o descuento de créditos hipotecarios estipulados mediante el sistema de Unidades de Poder Adquisitivo Constante (UPAC).

b)

En inversiones u operaciones de crédito ordinarias o de fomento.

c)

En valores de renta fija emitidos por entidades de derecho público, establecimientos de crédito o sociedades anónimas nacionales. En general, podrán también desarrollar y efectuar las operaciones permitidas a las Cajas de Ahorro y Secciones de Ahorro de los bancos comerciales. Los organismos cooperativos de segundo grado e instituciones auxiliares del cooperativismo de carácter financiero no podrán realizar aportes de capital en sus cooperativas socias. Sin embargo, dichos organismos cooperativas podrán realizar inversiones en cooperativas a las cuales se afilien con fines de representación o para obtener servicios de asistencia técnica, educación, capacitación y solidaridad que requiera para desarrollar su objeto social, en proporción no mayor a un 50% de la diferencia entre el capital asignado a la Sección de Ahorros y su capital social pagado.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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