A partir de la promulgación de la presente ley y de conformidad con los artículos 334, 339, 341 y 345 de la Constitución Política, se autoriza al Gobierno Nacional para incluir dentro del Presupuesto General de la Nación, las apropiaciones presupuestales que se requieran para vincularse a la conmemoración de los sesenta años del Instituto Técnico "Jorge Eliécer Gaitán".
Taller de metalistería
45.250.000
Taller de electricidad
20.500.000
Taller de ebanistería
22.500.000
Taller de dibujo técnico
38.750.000
Taller de mecánica
72.000.000
Taller de fundición
15.250.000
Sala de informática
54.250.0000
Total
268.500.000