Micelio

Artículo 2

La Doctora Laura Ochoa De Ardila, Tendrá Derecho A Pasaje Aéreo En La Ruta Bogotá - Managua - Bogotá Y A La Suma De Trescientos Diez Dólares (Us$ 310

Decreto 386 de 1984 · Por el cual se confiere una comisión y se modifica el Decreto número 335 de 1984

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La doctora Laura Ochoa de Ardila, tendrá derecho a pasaje aéreo en la ruta Bogotá - Managua - Bogotá y a la suma de trescientos diez dólares (US$ 310.00) diarios por concepto de viáticos durante tres (3) días. El señor Julio Londoño Paredes, tendrá derecho a pasaje aéreo en la ruta Panamá - Managua - Panamá y a la suma de doscientos setenta y cinco dólares (US$ 275.00) diarios por concepto de viáticos durante tres (3) días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 386 de 1984