Prohibiciones y restricciones. No podrán establecerse servidumbres en zonas y lugares excluidos de la exploración y explotación por disposición de este Código. En las zonas y lugares restringidos para la minería en los que se requiera de autorización o de conceptos favorables previos de otras personas o entidades de acuerdo con el artículo 35 de este Código, el establecimiento de las servidumbres deberá llenar también este requisito.
Ley 685 de 2001 →Vigente
Artículo 172
Prohibiciones Y Restricciones
Ley 685 de 2001 · LEY 685 DE 2001, 15/08/2001, por la cual se expide el Código de Minas y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.