Micelio

Artículo 5

Promoción Y Publicidad

Ley 2598 de 2026 · Por medio de la cual se reconoce como patrimonio cultural e inmaterial de la nación la Semana Santa en el distrito de Santa Cruz de Mompox, departamento de Bolívar y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno nacional, en coordinación con la Gobernación del departamento de Bolívar, a través del Instituto de Cultura y Turismo de Bolívar (Icultur) o quien haga sus veces y el apoyo de la Alcaldía del Distrito Especial, Turístico, Histórico y Cultural de Santa Cruz de Mompox, velará por la suficiente promoción y publicidad de las expresiones, prácticas, tradiciones y manifestaciones culturales asociadas que se realizan con ocasión de la celebración y conmemoración de la Semana Santa en el Distrito Especial, Turístico, Histórico y Cultural de Santa Cruz de Mompox. Para tales efectos, deberán utilizar todos los medios pertinentes de alcance masivo que garanticen una correcta difusión y convocatoria que impacte en el turismo local.

Parágrafo

La promoción, difusión y publicidad de que trata el presente artículo deberá ser realizada con una antelación no menor a treinta (30) días hábiles al primer evento que, con base en la agenda oficial autorizada por la Alcaldía Distrital de Santa Cruz de Mompox para el año correspondiente, sea establecida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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