Micelio

Artículo 5

Ley 52 de 1982 · Por la cual se reorganiza el Instituto Técnico Superior Pascual Bravo, con domicilio en Medellín

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En desarrollo de los principios a que se refiere el artículo anterior, el Instituto tendrá los siguientes objetivos:

a)

Ampliar las oportunidades de ingreso a la educación superior, de preferencia a las personas de escasos recursos económicos;

b)

Adelantar programas que propicien la integración al sistema de educación superior de aspirantes provenientes de las zonas urbanas deprimidas, rurales y de grupos indígenas marginados del desarrollo económico-social;

c)

Fomentar la investigación científica y tecnológica en el campo de las áreas del conocimiento propias de su actividad académica;

d)

Fomentar profesionales integrales, de acuerdo con las exigencias de la actividad productiva y de las tendencias del desarrollo de la región y del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 52 de 1982