Son objetivos de estas juntas; a) prestar asesoría al director de la clínica en todos los aspectos científicos para el mejor funcionamiento de los servicios medico quirúrgico; b) decidir la conducta seguir en cada uno de los casos de pacientes que se presenten a su consideración; c) elaborar su propio reglamento interno, el cual deberá ser sometido al director de la clínica para su posterior aprobación del departamento medico; c) las juntas medico quirúrgicas se celebraran ordinariamente una vez por semana y extraordinariamente cuando sean convocadas por el director o asesor científico.
Artículo 31
Son Objetivos De Estas Juntas; A) Prestar Asesoría Al Director De La Clínica En Todos Los Aspectos Científicos Para El Mejor Funcionamiento De Los Servicios Medico Quirúrgico; B) Decidir La Conducta Seguir En Cada Uno De Los Casos De Pacientes Que Se Presenten A Su Consideración; C) Elaborar Su Propio Reglamento Interno, El Cual Deberá Ser Sometido Al Director De La Clínica Para Su Posterior Aprobación Del Departamento Medico; C) Las Juntas Medico Quirúrgicas Se Celebraran Ordinariamente Una Vez Por Semana Y Extraordinariamente Cuando Sean Convocadas Por El Director O Asesor Científico
Decreto 2205 de 1968 · por el cual se aprueba el Reglamento General del Departamento Médico de la Caja Nacional de Previsión.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.