Micelio

Artículo 328

El Comandante Del Ejército Conoce En Primera Instancia, De Los Procesos Penales Militares Contra El Personal Del Cuartel De Su Comando, Contra Los Comandantes De División, Los Comandantes De Brigada Y Los Comandantes De Destacamentos Y Jefes Civiles Y Militares

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Comandante del Ejército conoce en Primera Instancia, de los Procesos Penales Militares contra el personal del Cuartel de su Comando, contra los Comandantes de División, los Comandantes de Brigada y los Comandantes de Destacamentos y Jefes Civiles y Militares.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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