Contra las providencias proferidas por la Junta Directiva o aprobadas por ella conforme a lo dispuesto en el presente Acuerdo, cabe el recurso de reposición, surtido del cual se entenderá agotada la vía gubernativa. Contra la providencia que dicte el Director en los asuntos administrativos de su competencia procederá el recurso de reposición, surtido del cual se entenderá agotada la vía gubernativa.
Decreto 894 de 1978 →Vigente
Artículo 34
Contra Las Providencias Proferidas Por La Junta Directiva O Aprobadas Por Ella Conforme A Lo Dispuesto En El Presente Acuerdo, Cabe El Recurso De Reposición, Surtido Del Cual Se Entenderá Agotada La Vía Gubernativa
Decreto 894 de 1978 · Por el cual se aprueban los Estatutos del Club Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.