Micelio

Artículo 37

Curso De Comando

Decreto 989 de 1992 · por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 1211 de 1990, Estatuto del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Curso de comando. Los Oficiales de las Fuerzas Militares, para ascender al grado de Mayor o Capitán de Corbeta, deberán adelantar y aprobar un curso de acuerdo con la programación académica propuesta por los respectivos Comandos de Fuerza y aprobada por el Comando General de las Fuerzas Militares.

Parágrafo

Cuando se trate de Oficiales del Cuerpo Administrativo, el curso a que se refiere este artículo, tendrá un contenido académico diferente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 989 de 1992