Artículo segundo . Aclárase el artículo primero del Decreto legislativo número 0174 de 1957 ( agosto 16), en el sentido de que los contracréditos por $ 900.000.00 y $ 779.638.51 que en él se establecen, se hacen a los artículos 0014-A y 0089 de los Capítulos 001 y 004 respectivamente, del actual Presupuesto de Gastos, conforme fue solicitado por la Oficina Administrativa de la Presidencia de la República en su Resolución número 380 del 30 de julio último, y no a los artículos 0014 y 0088 como equivocadamente aparece en el Decreto 174 citado.
Decreto 200 de 1957 →Vigente
Artículo 2
Decreto 200 de 1957 · Por el cual se confiere una autorización y se aclara el Decreto legislativo 0174 del presente año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.