Micelio

Artículo 64

La Gerencia De La Zona Franca Sera Responsable

Decreto 2034 de 1973 · Por la cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 64. La gerencia de la Zona Franca sera responsable. 1° De todo daño proveniente de negligencia comprobada en la custodia y manejo de las mercancias. 2° De perdidas faltas y averias ocurridas a las mercancias despues de depositadas en sus almacenes y hasta su entrega a los consignatarios de las mismas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2034 de 1973