Art. 30. Será de cargo del Gobierno el pago de las asignaturas correspondientes á las Facultades de Derecho y Ciencias matemáticas que se abran en el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario. Este Establecimiento pagará con sus fondos propios sus empleados particulares y los profesores de las asignaturas de Filosofía y Letras y de las otras que tenga á bien establecer.
Decreto 596 de 1886 →Vigente
Artículo 30
Decreto 139 De 1888
Decreto 596 de 1886 · Sobre instrucción pública secundaria y profesional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.