Modifíquese el artículo 25 de la Ley 731 de 2002 , el cual quedará así:
Artículo 25. Titulación de predios de reforma agraria a las empresas comunitarias o grupos asociativos comunitarios de mujeres rurales, campesinas y de la pesca. Podrán ser beneficiarias de la titulación de predios de reforma agraria las empresas comunitarias o grupos asociativos comunitarios de mujeres rurales, campesinas y de la pesca que reúnan los demás requisitos exigidos por la ley. Igualmente, se garantiza el acceso preferencial a la tierra de las mujeres jetas de hogar y de aquellas que se encuentren en estado de desprotección social y económica y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4° del Decreto Ley 902 de 2017 o la norma que le modifique, aclare, adicione o sustituya.