Micelio

Artículo 11

Ley 51 de 1986 · por la cual se reglamenta el ejercicio de las profesiones de ingeniería eléctrica, ingeniería mecánica y profesiones afines y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo trabajo relacionado con el ejercicio de las Ingenierías Eléctrica, Mecánica y profesiones afines debe ser dirigido, según el caso, por Ingeniero cuya matrícula corresponda a la especialidad profesional que la obra requiera. Si para la ejecución de la obra se exige licencia, en ésta se incluirá el nombre, apellido y el número de la matrícula del Ingeniero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 51 de 1986