Micelio

Artículo 1

º

Decreto 959 de 1994 · por el cual se establece el régimen transitorio para la administración de los Fondos de Servicios Docentes de los Establecimientos educativos estatales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Mientras inicia su actuación el Consejo Directivo de los establecimientos educativos estatales, de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional para desarrollar las disposiciones de la ley 115 de 1994 al respecto, continuará ejerciendo las funciones de administración de los Fondos de Servicios Docentes, el Comité Administrador de los mismos, creado por el Decreto 398 de 1990.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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