Micelio

Artículo 9

Ley 1356 de 2009 · por medio de la cual se expide la Ley de Seguridad en Eventos Deportivos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Educación, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Comunicaciones y el Instituto Colombiano del Deporte “Coldeportes”, los Institutos Departamentales, Distritales y Municipales de Recreación y Deporte y las Secretarías Departamentales, Distritales y Municipales de Educación, así como los demás organismos vinculados al deporte, programarán campañas educativas y preventivas, tendientes a evitar la violencia en escenarios deportivos a través de la prensa, radio, televisión, así como en escuelas, colegios, universidades y demás centros de enseñanza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1356 de 2009