Micelio

Artículo 4

Decreto 1302 de 1966 · Por el cual se crean unas Inspecciones de Asuntos Campesinos en algunos Territorios Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. El presente Decreto entrará a regir una vez se efectúen las adiciones y traslados presupuestales a que se refiere el artículo anterior. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1302 de 1966