º . Durante los días 10, 11 y 12 de marzo de 1984, las empresas de transporte de pasajeros en zonas urbanas y rurales deberán garantizar el funcionamiento ordinario del servicio en las rutas y frecuencias que se les haya autorizado, y con las tarifas vigentes establecidas por las autoridades competentes.
En conformidad con el artículo 77 de la Ley 28 de 1979, el día 11 de marzo de 1984, se suspenderá el tránsito intermunicipal, al igual que entre la cabecera municipal y los corregimientos, inspecciones de policía y veredas rurales en donde funcionen mesas de votación, o entre los sitios antes indicados.