Artículo primero. Designase la siguiente Delegación de Colombia a la 66a, Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo: Doctor Rodrigo Marín Bernal, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en .Misión Especial, quien la presidirá, Consejeros Técnicos Gubernamentales: Doctora Laura Ochoa de Ardila, Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en Misión Especial; Senador Estanislao Posada, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en Misión Especial. Senador Laureano Delgado, con rango de Embajador Extra ordinario y Plenipotenciario, en Misión Especial. Senador Alfonso Angarita Baracaldo con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en Misión Especial. Senador Hernán Villegas Ramírez, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en Misión Especial. Representante Ernesto Velásquez, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en Misión Especial. Representante Eusebio Muñoz Perea, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en Misión Especial. Representante Alfonso Hoyos. Giraldo, con rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, en Misión Especial. Doctor Carlos Augusto Sosa Camargo, Profesional Universitario, Encargado de las Relaciones Internacionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Delegado de los Trabajadores: Señor Tulio Cuevas Romero, Presidente de la Unión de Trabajadores de Colombia (U.T.C.). Consejeros Técnicos: Señor Manuel Felipe Hurtado, Presidente de la Confederación de Trabajadores de Colombia (C.T.C.). Señor Silvio Parra, Secretario de Asuntos Económicos de la .Confederación de Trabajadores de Colombia (C.T.C.). Señor Ramón Márquez Iguarán, Secretario General de la Confederación de Trabajadores de Colombia (C.T.C.). Señor Álvaro Ramírez, Vicepresidente de la Unión de Trabajadores de Colombia (U.T.C.). Señor Víctor Acosta, Secretario General de la Unión de Trabajadores de Colombia (U.T.C.).
Decreto 1204 de 1980 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1204 de 1980 · Por el cual se designa la Delegación de Colombia a la 66ª Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.