Micelio

Artículo 1

Ley 69 de 1947 · Por la cual se adicionan y reforman las Leyes 67 de 1917 y 26 de 1928

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aplazase para el año de 1950 el levantamiento del censo general de población, que, de acuerdo con el articulo 12 de la Ley 67 de 1917 , debería ejecutarse en el año de 1948.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 69 de 1947