Pago de la Contribución. Los aportantes de la Contribución deberán efectuar el pago a más tardar en los primeros 20 días hábiles del mes siguiente al del período causado, en la cuenta que el Fondo Nacional de Turismo establezca para tal fin. El valor pagado deberá coincidir con el valor de la liquidación privada, más los intereses de mora y sanciones cuando sea el caso.
La tasa de interés de mora por el pago extemporáneo de la Contribución es la misma que establece el Estatuto Tributario.