Declaración de incumplimiento . Surtida la audiencia de que trata el artículo anterior la Secretaría Técnica presentará a la Comisión un reporte formal de incumplimiento de las condiciones exigibles a los proyectos de extensión mayor a 10 UAF y la defensa presentada por el responsable del proyecto. En este informe se expondrá el incumplimiento, la o las causales en las que se fundamenta y, si es del caso, se hará un recuento de las advertencias o recomendaciones que han sido formuladas y desatendidas por el responsable. Este informe constituirá un acto de trámite, previo a la decisión de la Comisión. La Comisión deberá decidir sobre la reversión o no de la aprobación dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la comunicación del informe presentado por la Secretaría. En los proyectos de extensión de igual o menor a 10 UAF, surtida la audiencia de que trata el artículo anterior y si hubiere lugar a ello, la Secretaría Técnica declarará el incumplimiento detallando la o las causales en las que se fundamenta. Declarado el incumplimiento se configura una causal de terminación anticipada del proyecto lo cual dará lugar a su liquidación inmediata. Contra el acto que declara el incumplimiento únicamente procede el recurso de reposición dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.
Decreto 4944 de 2011 →Vigente
Artículo 22
Declaración De Incumplimiento
Decreto 4944 de 2011 · por el cual se reglamentan los Proyectos Especiales de Desarrollo Agropecuario o Forestal de que tratan los artículos 60 y 61 de la Ley 1450 de 2011 y se establecen otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.