Micelio

Artículo 22

Declaración De Incumplimiento

Decreto 4944 de 2011 · por el cual se reglamentan los Proyectos Especiales de Desarrollo Agropecuario o Forestal de que tratan los artículos 60 y 61 de la Ley 1450 de 2011 y se establecen otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declaración de incumplimiento . Surtida la audiencia de que trata el artículo anterior la Secretaría Técnica presentará a la Comisión un reporte formal de incumplimiento de las condiciones exigibles a los proyectos de extensión mayor a 10 UAF y la defensa presentada por el responsable del proyecto. En este informe se expondrá el incumplimiento, la o las causales en las que se fundamenta y, si es del caso, se hará un recuento de las advertencias o recomendaciones que han sido formuladas y desatendidas por el responsable. Este informe constituirá un acto de trámite, previo a la decisión de la Comisión. La Comisión deberá decidir sobre la reversión o no de la aprobación dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la comunicación del informe presentado por la Secretaría. En los proyectos de extensión de igual o menor a 10 UAF, surtida la audiencia de que trata el artículo anterior y si hubiere lugar a ello, la Secretaría Técnica declarará el incumplimiento detallando la o las causales en las que se fundamenta. Declarado el incumplimiento se configura una causal de terminación anticipada del proyecto lo cual dará lugar a su liquidación inmediata. Contra el acto que declara el incumplimiento únicamente procede el recurso de reposición dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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