Micelio

Artículo 2

Decreto 1409 de 1967 · Por el cual se constituye un Consejo Asesor del Ministerio de Agricultura y se dictan algunas normas sobre exposiciones pecuarias

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Son funciones especiales del Consejo, las siguientes; a) Elaborar el proyecto de reglamento de las exposiciones pecuarias señalando la ubicación geográfica, calendario, organización técnica y control de las mismas. b) Mantener al día la estadística nacional sobre exposiciones pecuarias. c) Actualizar un directorio de criadores de todas las razas. d) Cooperar en el estricto cumplimiento de las disposiciones sanitarias dictadas por el Ministerio de Agricultura. e) Unificar las menciones y premios a conceder en estas exposiciones. f) Presentar un proyecto de distribución de las partidas presupuéstales asignadas anualmente para organización, celebración y fomento de las exposiciones ganaderas, en arreglo al citado reglamento, y teniendo en cuenta que no se auxiliarán sino

1.

Exposiciones pecuarias de carácter internacional.

2.

Anualmente dos exposiciones pecuarias de carácter nacional, una para ganados tropicales y otra para ganados de clima frío que cuenten con un mínimo de 300 ejemplares inscritos de ganado bovino.

3.

Ocho exposiciones pecuarias de carácter regional que se celebren cada año, de acuerdo con el reglamento y calendario aprobados, alternativamente en: Neiva o Florencia; Popayán o Pasto; Bucaramanga o Cúcuta; Medellín o Girardot; Montería o Sincelejo; Villavicencio o Sogamoso; Valledupar o Fundación; Ibagué o en una de las ciudades de Buga o Tuluá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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