Con destino a los gastos que ocasionará la organización y reunión del Congreso Nacional de Mejoras Públicas, a que se refiere el artículo anterior, auxiliase a la Sociedad de Mejoras Públicas, de la ciudad de Armenia, con la cantidad de setenta mil pesos ($ 70.000.00) moneda corriente.
Ley 63 de 1959 →Vigente
Artículo 2
Ley 63 de 1959 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del XIV Congreso Nacional de Sociedades de Mejoras Públicas, se da un auxilio, y se da una autorización
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.