Las sumas que los damnificados recibieren por imperio de la presente Ley, se imputarán a lo que debiere pagarles el Estado por concepto de indemnización, en caso que aquéllos entablaren reclamación judicial y fuesen favorecidos por ella.
Ley 146 de 1941 →Vigente
Artículo 4
Ley 146 de 1941 · Por el cual se honra la memoria del Mecánico del avión miliar número 643, señor Luis M. Blanco y se decretan unos auxilios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.