Micelio

Artículo 2

Ley 105 de 1940 · Por la cual se cede el Municipio de Puertos Wilches, en el Departamento de Santander, la Casa de Mercado, de propiedad de la Nación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta Ley regirá desde su promulgación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 105 de 1940