Micelio

Artículo 229

Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 229. Lo alumnos de la Escuela serán divididos en dos grupos, así: los que signa los cursos preparatorios (1º y 2º año) y los que sigan los cursos profesionales (3º, 4º y 5º año). Los alumnos del segundo grupo al matricularse se comprometen a terminar su carrera y obtener diploma en el Instituto, a menos de inconveniente grave cuya apreciación pertenece á la Junta Directiva. La infracción de este compromiso puede ser castigada con expulsión, á juicio de la Junta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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