Micelio

Artículo 20

Los Cargos Pueden Ser Libremente Aceptados O Rehusados

Decreto 250 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de la Carrera Judicial y del Ministerio Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los cargos pueden ser libremente aceptados o rehusados. Quien reciba el nombramiento en propiedad de un cargo para cuyo ejercicio se exijan determinados requisitos, deberá comprobar que los reúne, ante el funcionario o corporación que hizo el nombramiento, con el objeto de obtener la confirmación de éste, sin la cual no puede tomar posesión del cargo, ni ejercerlo. El término que tiene el nombrado para presentar su documentación es de un mes contado desde el día en que reciba el nombramiento, si reside en el país y de tres meses si está en el extranjero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 250 de 1970