Micelio

Artículo 1

Decreto 343 de 1951 · Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas. (Ramo de Carreteras Nacionales)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. A partir de la fecha, suprímense los siguientes cargos

a)

Ingeniero-Jefe de Estudios, Proyectos y Construcción de la carretera Líbano-Santa Teresa, y Habilitado-Almacenista de la misma, creados por Decreto número 3723 de 1947.

b)

Ingeniero Jefe de Construcción y Habilitado-Almacenista de la carretera Riosucio-Bonafont-Irra, creados por Decreto número 3109 de 1946.

c)

Cajero-Pagador y Almacenista-Contador de la Carretera Líbano-Manizales, creados por Decreto número 3109 de 1946. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 343 de 1951