A los Rectores, Vicerrectores Académicos si los hubiere, Coordinadores Académicos o de Disciplina, Jefes de Bienestar Estudiantil, Jefes de Unidad y Jefes de Departamento de los INEM, en donde además de la educación básica secundaria completa, tengan también media vocacional o diversificada completa, si atienden dos (2) jornadas, se les reconocer adicionalmente el valor de diez (10) horas cátedra semanales y máximo cuarenta (40) horas mensuales; si atienden tres (3) jornadas, el valor de quince (15) horas cátedra semanales y máximo sesenta (60) horas mensuales. A los Subdirectores Administrativos de los INEM que cumplan la función de Secretario General de la entidad y a los Directores de los CASD, se les reconocerá el quince por ciento (15%) adicional a su asignación básica mensual liquidado sobre la asignación básica que tenía a 31 diciembre de 1986, siempre y cuando atiendan más de una (1) jornada escolar.
Estos pagos requieren autorización previa del Delegado del Ministerio de Educación Nacional ante el Fondo Educativo Regional, si se trata de cargos dependientes del Ministerio de Educación Nacional o del Secretario de Educación, en los demás casos, e implica para los funcionarios respectivos la permanencia en el Instituto Docente durante la totalidad de las jornadas que atienden.