Integración. El patrimonio de la Corporación estará integrado por
Una suma inicial no inferior a mil millones de pesos ($ 1.000.000.000.00) que se girará del Presupuesto Nacional, vigencia fiscal de 1983;
Las demás partidas que en los Presupuestos de 1983 y de años posteriores apropiará la Nación conforme a las solicitudes que para la reconstrucción del Departamento del Cauca formule la Corporación y apruebe el Consejo Nacional de Política Económica y Social;
El producto del incremento en el impuesto de timbre nacional establecido en el artículo 18 de la Ley 11 de 1983;
Los recursos provenientes de las operaciones de crédito que realice;
El treinta por ciento (30%) del valor de las regalías y participaciones que correspondan a la Nación por la explotación de minas y otros recursos naturales en el Departamento del Cauca;
Las donaciones que reciba así como las que se hubieren hecho a favor de la Nación en los términos de la Ley 11 de 1983;
El diez por ciento (10%) del valor de los aportes que para el desarrollo regional corresponda distribuir a la Cámara de Representantes para la vigencia fiscal de 1984 que se destinará a la construcción de un barrio popular en la ciudad de Popayán. V - REGIMEN JURIDICO DE LOS CONTRATOS